Orden de 30 de noviembre de 2001 por la que se aprueba la norma específica para la peritación de siniestros en el seguro de rendimientos y complementario del cultivo de aceituna.
Ministerio de la Presidencia
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre; en cumplimiento de la Orden comunicada del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1985, por la que se constituye una Comisión para la elaboración de normas de peritación de siniestros de los Seguros Agrarios Combinados, y visto el proyecto de norma específica para la peritación de siniestros en el seguro de rendimientos y complementario del cultivo de aceituna en el seguro agrario combinado, elaborado por la citada Comisión con la participación de las organizaciones y asociaciones de agricultores, así como de las entidades aseguradoras; a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía y del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, dispongo: Primero. Se aprueba la norma específica para la peritación de siniestros en el seguro de rendimientos y complementario del cultivo de aceituna en el Seguro Agrario Combinado, que figura como anexo a la presente Orden. Segundo. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 30 de noviembre de 2001. LUCAS GIMÉNEZ Excmo. Sr. Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía y Excmo. Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.
ANEXO
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2001
- Ikrafttrædelsesdato
- 15. december 2001