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Orden de 5 de noviembre de 1981 por la que se aprueba la norma genérica de calidad para productos cárnicos tratados por el calor.

SpanienBekendtgørelse1981

Presidencia del Gobierno

Norma derogada por la disposición derogatoria del Real Decreto 474/2014, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2014-6435#dd. Excelentísimos señores: La gran diversidad de productos cárnicos tratados por el calor que existen en el mercado, y en tanto no se vayan promulgando las normas específicas de calidad para aquellos que tengan una mayor importancia para el consumidor, ha hecho aconsejable preparar una norma genérica para esta amplia gama de productos a cuyas exigencias habrán de someterse. Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1043/1973, de 17 de mayo, por el que se regula la normalización de productos ganaderos en el mercado interior, reunida la Comisión Especializada de Normalización de Productos Ganaderos, visto el informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, de conformidad con los acuerdos del FORPPA. En su virtud, a propuesta de los Ministerios de Agricultura y Pesca, de Economía y Comercio y de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, esta Presidencia del Gobierno dispone: Primero. Se aprueba la norma genérica de calidad para productos cárnicos tratados por el calor que figura en el anejo de esta Orden. Segundo. La toma de muestras, así como las determinaciones analíticas, se realizarán de acuerdo con los métodos oficiales vigentes. Tercero. La presente Orden entrará en vigor, en todo el territorio nacional, al año de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto si en las normas específicas se indica la contrario. Con respecto a la adecuación de las industrias a las nuevas exigencias tendrá el carácter de norma recomendada. Asimismo, para el agotamiento de las existencias adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma se da un plazo de dos años, a partir de dicha publicación en el «Boletín Oficial del Estado». A estos efectos, las industrias elaboradoras adoptarán todas las medidas oportunas para que todos los productos cárnicos tratados por el calor que comercialicen cumplan con las requisitos de la norma desde el momento de su entrada en vigor. Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1043/1973, de 17 de mayo, por el que se regula la normalización de productos ganaderos en el mercado interior, los Ministerios de Agricultura y Pesca, de Economía y Comercio y de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social ejercerán las funciones de control y vigilancia de lo dispuesto en la presente Orden, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y a través de los órganos administrativos correspondientes que se coordinarán en sus actuaciones, sin perjuicio de las competencias que puedan tener atribuidas los correspondientes órganos de las Comunidades Autónomas. Lo digo a VV. EE. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a VV. EE. Madrid, 5 de noviembre de 1981. RODRÍGUEZ INCIARTE Excmos. Sres. Ministros de Agricultura y Pesca, de Economía y Comercio y de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social.

ANEJO

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
1981
Ikrafttrædelsesdato
9. november 1982
Orden de 5 de noviembre de 1981 por la que se aprueba la norma genérica de calidad para productos cárnicos tratados por el calor. | TheLawyer.sh