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Orden PRE/1950/2005, de 17 de junio, por la que se aprueba la norma específica de peritación de daños en la producción de frutales, amparados por el Seguro Agrario Combinado.

SpanienBekendtgørelse2005

Ministerio de la Presidencia

La aplicación de la Orden de 28 de septiembre de 1987, por la que se aprueba la norma específica para la peritación de siniestros del cultivo de frutales en el Seguro Agrario Combinado, modificada por Orden de 18 de septiembre de 1989, ha puesto de manifiesto por la práctica adquirida, la necesidad de sustitución, tratándose de esta forma de dar un nuevo impulso para lograr una mayor exactitud en la peritación de los daños y consecuentemente en su tasación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre; en cumplimiento de la Orden comunicada del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1985, por la que se constituye una Comisión para la elaboración de las normas de peritación de siniestros de los Seguros Agrarios Combinados; y visto el proyecto de norma específica de peritación de daños en la producción de frutales, amparados por el Seguro Agrario Combinado, oídas las Organizaciones y Asociaciones de Agricultores, así como las Entidades Aseguradoras y a propuesta conjunta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, dispongo: Primero. Aprobación de la norma específica de peritación. Se aprueba la norma específica de peritación de daños en la producción de frutales, amparados por el Seguro Agrario Combinado, que se inserta a continuación, como anexo de la presente Orden. Segundo. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden y, en particular, las siguientes: Orden de 28 de septiembre de 1987 por la que se aprueba la Norma específica para la peritación de siniestros del cultivo de frutales en el Seguro Agrario Combinado. Orden de 18 de septiembre de 1989 por la que se modifica la de 28 de septiembre de 1987, que aprueba la Norma específica para la peritación de siniestros del cultivo de frutales en el Seguro Agrario Combinado. Tercero. Entrada en vigor. La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Madrid, 17 de junio de 2005. FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ Sr. Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y Sra. Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación.

ANEXO

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
2005
Ikrafttrædelsesdato
24. juni 2005