Real Decreto 1093/1987, de 19 de junio, por el que se modifican los métodos de análisis contenios en el anexo de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Pastas Alimenticias, aprobada por Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre.
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Incluye corrección de errores publicada en BOE núm. 219, de 13 de septiembre de 1989. Ref. BOE-A-1989-22117. El Decreto de Presidencia del Gobierno 2484/1967, de 21 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 17 al 23 de octubre), por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español, prevé que puedan ser objeto de Reglamentaciones especiales las materias en él reguladas. Por Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 13), se aprobó la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Pastas Alimenticias y, juntamente con ésta, se aprobaron los métodos oficiales de análisis para las mismas. En el período de tiempo transcurrido, los avances llevados a cabo en el campo de la tecnología han sido lo suficientemente importantes para permitir una mayor precisión en la medición de componentes de los diferentes productos, posibilitando así el que puedan llegar a fijarse límites tolerables más estrictos, si se estimara necesario. Este hecho, así como algunas innovaciones en la metodología analítica, hacen ahora aconsejable modificar los métodos oficiales aprobados por el citado Decreto. En la redacción de los métodos oficiales de análisis se ha procurado, en lo posible, su adaptación a los métodos aprobados por los Organismos internacionales especializados en la materia, con el fin de aprovechar la experiencia obtenida de su aplicación, dado que, por otra parte, la Comunidad Económica Europea no tiene legislación específica aplicable en este sentido. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, oídos los sectores afectados, de conformidad con el informe preceptivo de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de junio de 1987, DISPONGO:
Artículo 1. Se aprueban como oficiales los métodos de análisis para pastas alimenticias que se citan en el anejo I.
Artículo 2. Cuando existan métodos oficiales para determinados análisis, y hasta tanto los mismos no sean propuestos por el órgano competente y previamente informados por la Comisión Interministerial para la ordenación alimentaria, podrán ser utilizados los aprobados por los Organismos nacionales o internacionales de reconocida solvencia. Disposición derogatoria. Quedan derogados a la entrada en vigor de este Real Decreto el anejo del Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Pastas Alimenticias; el artículo 5.° del Real Decreto 1771/1976, de 2 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), por el que se modifican algunos de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones Técnico-Sanitarias y normas alimentarias específicas, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el mismo.
Disposición final primera. Los Ministerios proponentes quedan autorizados para que, a propuesta de los Organismos competentes, mediante Orden, y previo informe preceptivo de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, puedan dictar las disposiciones precisas para modificar, en caso necesario, los métodos oficiales de análisis para pastas alimenticias que se citan en el anejo I.
Disposición final segunda. El presente Real Decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid a 19 de junio de 1987. JUAN CARLOS R. El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ
ANEJO I
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 1987
- Ikrafttrædelsesdato
- 8. oktober 1987