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Real Decreto 2964/1983, de 30 de noviembre, por el que se establece el «Día de la Constitución».

SpanienKongeligt dekret1983

Presidencia del Gobierno

A fin de solemnizar adecuadamente el aniversario de la fecha en la que el pueblo español ratificó mediante referéndum la Constitución, el Gobierno ha considerado oportuno adoptar las medidas conducentes a dicho fin. En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 1983, DISPONGO:

§ Artículo 1

Artículo 1. El día 6 de diciembre de cada año, aniversario de la ratificación de la Constitución por el pueblo español, se declara «Día de la Constitución».

§ Artículo 2

Artículo 2. Las Instituciones del Estado, de ámbito nacional o territorial, conmemorarán con la mayor solemnidad y con actos públicos el «Día de la Constitución» en la forma que establezcan sus órganos de gobierno y dirección.

§ Artículo 3

Artículo 3. Por el Ministerio de Defensa se dictarán las disposiciones oportunas para la celebración del «Día de la Constitución» por las Fuerzas Armadas.

§ Artículo 4

Artículo 4. Los centros escolares celebrarán actos conmemorativos del «Día de la Constitución», en la forma que dispongan las autoridades académicas.

§ Artículo 5

Artículo 5. El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid a 30 de noviembre de 1983. JUAN CARLOS R. El Ministro de la Presidencia, JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ

Metadata

Type
Kongeligt dekret
År
1983
Ikrafttrædelsesdato
1. december 1983