Resolución de 17 de octubre de 2013, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
El artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, hace una distinción entre aquellos documentos que se especifiquen conforme a la norma de creación del registro que deben ser cumplimentados electrónicamente «conforme a formatos preestablecidos», y aquellos otros distintos de los anteriores, «dirigidos a cualquier ámbito o entidad del ámbito de la administración titular del registro». Este mandato legal obliga a especificar en el ámbito del Ministerio los «servicios, procedimientos y trámites» que cuenten con documentos electrónicos o formularios normalizados de presentación, lo cual ha de realizarse mediante la forma que la norma de regulación del Registro determine. El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, indica, en su artículo 27, que los registros electrónicos se crearán mediante orden del Ministro respectivo previa aprobación del Ministro de la Presidencia, comprendiendo dentro del contenido mínimo de dicha Orden la «identificación del órgano u órganos competentes para la aprobación y modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados, que sean del ámbito de competencia del registro, e identificación de los trámites y procedimientos a que se refieren». La Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dispone, en su artículo 2, que será competencia de la Subsecretaría del Departamento la aprobación y modificación de la relación de solicitudes, escritos y comunicaciones normalizados, correspondientes a servicios, procedimientos y trámites específicos, conforme a lo previsto en la letra a) del número 2 del artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la cual será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y difundida a través de las sedes electrónicas del ámbito del Registro Electrónico ministerial. Tanto el artículo 2 como el artículo 10 de dicha Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, exigen unos datos mínimos que ha de contener la relación de documentos normalizados, a los efectos de evitar duplicidades, entre ellos, la identificación de los procedimientos y servicios a que se refiere el formulario en el Sistema de Información Administrativa, con expresión de su código de identificación de formulario y su denominación, y si es un trámite de inicio de procedimiento. Por este motivo, se considera conveniente que el código de formulario recoja secuencialmente el código de aplicación y el código de formulario, lo que evitará cualquier confusión respecto a la perfecta identificación de los mismos. La presente Resolución ha sido informada favorablemente por la Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.b) de la Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
Apartado Primero. Aprobación de la relación de solicitudes, escritos y comunicaciones correspondientes a servicios, procedimientos y trámites específicos del ámbito de competencias del Registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
- Mediante la presente resolución se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como la identificación de servicios y procedimientos a que se refiere el artículo 24.2.a) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que se incorporan al anexo único de la presente resolución.
- Quedan excluidos del ámbito de esta resolución los formularios normalizados del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que deban ser tramitados a través un Registro auxiliar del Registro Electrónico del Departamento, que se regularán en su norma específica.
- La Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica coordinará la composición de los códigos asignados a los distintos formularios a los efectos de evitar duplicidades entre los mismos. Apartado Segundo. Puesta en funcionamiento de los formularios normalizados. Todos los formularios relacionados en el anexo deberán estar operativos antes del 31 de diciembre de 2013. Apartado Tercero. Disposición derogatoria. Queda sin efectos la Resolución de 12 de julio de 2010, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del Registro electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda, en lo que se refiere a las competencias del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Apartado Cuarto. Publicación y entrada en vigor.
- La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
- Esta resolución se divulgará a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Madrid, 17 de octubre de 2013.–La Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.
ANEXO
Metadata
- Type
- Resolution
- År
- 2013
- Ikrafttrædelsesdato
- 29. oktober 2013