Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se actualizan las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Téngase en cuenta la actualización de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia Covid-19, publicada por Resolución de 17 de diciembre de 2020, con efectos de 24 de diciembre de 2020. Ref. BOE-A-2020-16831 Téngase en cuenta las actualizaciones de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia Covid-19, publicadas por Resolución de 17 de diciembre de 2020, con efectos de 24 de diciembre de 2020, Ref. BOE-A-2020-16831 y por Resolución de 21 de junio de 2021, con efectos de 3 de julio de 2021. Ref. BOE-A-2021-10959 Téngase en cuenta las actualizaciones de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia Covid-19, publicadas por Resolución de 17 de diciembre de 2020, con efectos de 24 de diciembre de 2020, Ref. BOE-A-2020-16831, Resolución de 21 de junio de 2021, con efectos de 3 de julio de 2021. Ref. BOE-A-2021-10959 y por Resolución de 2 de noviembre de 2021, con efectos de 17 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-18705 Téngase en cuenta las actualizaciones de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia Covid-19, publicadas por Resolución de 17 de diciembre de 2020, con efectos de 24 de diciembre de 2020, Ref. BOE-A-2020-16831, Resolución de 21 de junio de 2021, con efectos de 3 de julio de 2021, Ref. BOE-A-2021-10959, por Resolución de 2 de noviembre de 2021, con efectos de 17 de noviembre de 2021, Ref. BOE-A-2021-18705 y Resolución de 8 de abril de 2022, con efectos de 10 de mayo de 2022. Ref. BOE-A-2022-7513 Vista la Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se aprueban las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19 Considerando lo siguiente:
- Teniendo en cuenta la evolución del riesgo epidemiológico, estas medidas tienen un carácter dinámico y deberán someterse a una valoración periódica en función de los cambios en la transmisión de la pandemia.
- De conformidad al aparado cuarto de la resolución de 9 de julio de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo adoptará las modificaciones de las Directrices operativas atendiendo a la naturaleza, dificultad y medios necesarios para su implementación. En este sentido, el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo reunido el 19 de noviembre de 2020 informó favorablemente la nueva versión de las directrices.
- La Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, publicado en BOE núm. 298, de 12 de noviembre de 2020.
- Estas directrices deben actualizarse para garantizar que guarden proporción con la evolución de la pandemia.
En virtud de lo anterior, esta Agencia, resuelve: Primero. Objeto. La actualización de las Directrices higiénico-sanitarias y de control en el ámbito aeroportuaria para mitigar el riesgo de transmisión del COVID-19 publicadas por Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y en el BOE número 195, de 17 de julio de 2020. La actualización consiste en una nueva versión de las directrices de fecha 20 de noviembre de 2020. Segundo. Ámbito. Esta resolución es aplicable a los gestores de los aeropuertos situados en el territorio nacional; las compañías aéreas que operen en dichos aeropuertos, incluidas las que realicen operaciones de aerotaxi, y quienes realicen operaciones de aviación general; los pasajeros que transiten por estas infraestructuras; y las empresas que desarrollen servicios auxiliares en el aeropuerto así como, en general, todo el personal que intervenga en la realización de las operaciones aéreas en orden a minimizar el riesgo de contagio del SARS-Cov-2 en el transporte aéreo. Tercero. Efectos. Esta resolución producirá efectos al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Cuarto. Modificación de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19. El Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo adoptará las modificaciones de las Directrices operativas atendiendo a la naturaleza, dificultad y medios necesarios para su implementación, así como el plazo máximo en que los sujetos obligados por ellas están obligados a su cumplimiento. Quinto. Publicidad. Esta Resolución o cualquiera de sus modificaciones deberán hacerse públicas en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de AESA. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la Directora de AESA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de este acto. Madrid, 20 de noviembre de 2020.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Isabel Maestre Moreno.
DIRECTRICES
ANEXO 1
ANEXO 2
ANEXO 3
ANEXO 4
Metadata
- Type
- Resolution
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 12. december 2020